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viernes, 17 de septiembre de 2010

El Ejército en las calles, ¿Es inconstitucional?


De entre los diversos debates que generó la guerra contra el narcotráfico emprendida por Felipe Calderón, destaca uno que comenzó muy pronto, casi tan pronto como la estrategia se concibió.

Se argumentaba que el uso de las fuerzas armadas en el combate al narcotráfico representaba una violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Que los militares no tenían facultades para actuar ni en tiempos de paz, ni en temas de seguridad pública.

“Exacta conexión con la disciplina militar.”
Muchos de quienes acusaban la violación a la carta magna aducían el Artículo 129, en el que se establece que: “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas. “

La interpretaban como que, al no haber una declaratoria de guerra, el ejército debería permanecer en sus comandancias, campamentos o cuarteles y, por tanto, no estarían facultades para actuar fuera de sus designios.

Sin embargo, la redacción del artículo tiene una especificación clave al precisar que puede realizar aquellas funciones “que tengan exacta conexión con la disciplina militar.”
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